Enviado a TRANSEXUALIDAD-EUSKADI, por Alejandra Victoria Portatadino, Observadora de Derechos Humanos y Miembro de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA)
Cba Alternativa HA RECTIFICADO

Por otro lado quisiera manifestarle que este medio es un ferviente defensor de los derechos individuales, y fundamentalmente el derecho a la identidad, ese derecho a ser uno mismo y no otro. Esta pagina asume que cada ser humano es único e irrepetible, la identidad es la condición de nuestra particularidad, de nuestro ser concreto en el mundo. Toda persona tiene derecho a su propia identidad, a su verdad personal, a ser considerado como realmente es, a ser "el" y no "otro"." Por eso la importancia del derecho a la identidad, vinculado estrechamente con el derecho a no ser discriminado, a la salud, a la intimidad y al proyecto de vida. Por lo tanto de ninguna manera este medio podría estar de acuerdo de ningún modo en lo expresado por nuestro columnista.
Facundo expresa es la nota: “En lo que respecta al hecho, en mi forma de pensar esta bien.”. Quedando claro que el se hace responsable de lo que dice y que lo que escribe es lo que el piensa.
De cualquier manera como director de CBAALTERNATIVA, asumo la responsabilidad
si la tuviere, y pido publicas disculpas Veronica Giordano y a todos aquellas personas que se pueden haber sentido afectados por los comentarios expresado. Este medio no comparte de ninguna manera lo expresado en ese artículo, y manifiesta, que al Profesor no se lo puede juzgar por su sexualidad, sino por lo hecho durante el ejercido del cargo de director. Y defiende aquello que dice nuestra la Constitución Nacional, que expresa en su art. 19: Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Por lo tanto si una persona al construir su autobiografía realiza una determinada opción sobre su identidad sexual, esta decisión pertenece a ese ámbito de derecho infranqueable al Estado y a los particulares, que es la libertad de intimidad. Podrá molestar a algunos, escandalizar a otros, pero no existen razones jurídicas que permitan alguna clase de intromisión u obstrucción en el ejercicio del derecho a ser uno mismo sin causar un daño directo e inmediato a terceros.
Ezequiel Bugliotti
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